¿QUE ES EL CONSEJO DIRECTIVO?

Es la instancia directiva de orientación académica y administrativa en la cual participan todos los integrantes de la comunidad educativa.

INTEGRACIÓN DEL CONSEJO DIRECTIVO

Conforman el Consejo Directivo:

  • El rector quien lo preside y convoca ordinariamente una vez por mes, y extraordinariamente cuando lo considere necesario.
  • Dos representantes del personal docente, elegidos por mayoría de los votantes en una asamblea de docentes. Uno por la educación básica primaria y otro por la secundaria. Los docentes deberán candidatizarse con anterioridad.
  • Dos representantes de los padres de familia elegidos por la Junta Directiva de la asociación de Padres de Familia.
  • Un representante de las estudiantes elegidas por el Consejo de Estudiantes, entre quienes se encuentra cursando el último grado de educación ofrecido por la institución.
  • Una representante de las egresadas elegida por la asociación de exalumnos, o  en su defecto, por quien ejercido el año inmediatamente anterior el cargo de representante de las estudiantes.
  • Un representante de los sectores productivos organizados en el ámbito local o de las entidades que patrocinen el funcionamiento del establecimiento, a cual será escogido por el Consejo Directivo, de los candidatos propuestos por las respectivas organizaciones.

Miembros 2011

1. Dr. Alvaro Cuervo - Rector
2. Lic Rosa Delia Lopez Lopez - Docente de la Básica Primaria
3. Lic Ana Isabel Cano Bedoya - Docente de la Básica Secundaria
4. Srta. Yelitza Rosso Vergara - Estudiante 2011
5. Sra. Sgirley Lujan Avila - Consejo de Padres
6. Srta. Geidy Renteria Cano - Exalumna
7. Sra. Claudia Patricia Cano - Sector Productivo

FUNCIONES DEL CONSEJO DIRECTIVO

Las funciones del Consejo Directivo del Liceo Gonzalo Restrepo Jaramillo, serán las siguientes:

  • Tomar las decisiones que afectan el funcionamiento de la institución, excepto las que sean competencias de otra autoridad.
  • Servir de instancia para resolver conflictos que se presten entre docentes y  administrativos con los estudiantes de la institución educativa, y después de haber agotado los procedimientos previstos en el Manual de Convivencia y de comportamiento.
  • Adoptar el manual de convivencia y el reglamento de la institución de conformidad con las normas vigentes.
  • Fijar los criterios para la asignación de cupos disponibles.
  • Asumir la defensa y garantía de los derechos de la comunidad educativa, cuando alguno de sus miembros se sienta lesionado
  • Aprobar el plan anual de actualización académica del personal docente presentado por el rector.
  •  Participar en la planeación y evaluación del proyecto educativo institucional del currículo del plan de estudios y someterlos a consideración de Secretaria de educación o del organismo que haga sus veces, para que verifiquen el cumplimiento de los requisitos establecidos en la ley y los reglamentos.
  • Estimular y controlar el buen funcionamiento de la institución.
  • Establecer estímulos y sanciones para el buen desempeño  académico y social de las alumnas, que han de incorporarse al manual de convivencia.
  • Participar en la evaluación de los doctores, directivos docentes y personal administrativo de la institución.
  • Recomendar criterios de participación de la institución en actividades comunitarias, culturales, deportivas y recreativas.
  • Establecer el procedimiento para el uso de las instalaciones en la realización de actividades educativas, culturales, recreativas deportivas y sociales de la respectiva comunidad educativa.
  • Promover las relaciones de tipo académico, deportivo y cultural con otras instituciones y la conformación de organizaciones juveniles.
  • Fomentar la conformación de asociaciones de padres de familia, de estudiantes y exalumnos.
  • Dar el visto bueno a los diversos procesos electorales que se dan en la institución.
  • Aprobar el presupuesto de ingresos y gastos de los recursos propios y los provenientes de pagos legalmente autorizados, efectuados por los padres de familia y responsables de la educación, tales como derechos académicos, uso de los libros de texto y similares.
  • Citar a reunión extraordinaria con el consentimiento de la mitad mas uno de los integrantes,  cuando las circunstancias especiales lo ameriten.
  • Quien convoca a reunión deberá presentar agenda de temas a tratar con dos días de anticipación a los representantes respectivos y estos a su vez lo darán a conocer a la comunidad educativa.
  • Presentar informe de las decisiones tomadas por el Consejo Directivo a la comunidad educativa el día hábil siguiente.
  • Darse su propio reglamento.